Con estas nuevas disposiciones, por ejemplo los
niños no podrán viajar en motocicleta, y en auto hasta los 12 años deberán ir en el
asiento trasero y con cinturón de seguridad.
Las
autoridades aseguran que sobra legislación en el país, aunque falta aplicarla.
El pasado jueves desde Presidencia se difundió el decreto reglamentario de la
ley de tránsito y seguridad vial, en la que se establecen precisiones sobre
prohibiciones y obligaciones.
LAS NUEVAS
MEDIDAS
Niños en autos
Los niños de0 a
12 años de edad están obligados a viajar en los asientos traseros de vehículos
automotores con el sistema de sujeción infantil reglamentario. Su
incumplimiento tiene una multa de 3 UR ($ 2.163).
Niños en motos
Los niños de
Niños en motos
Se
prohíbe a los conductores de ciclomotores, motocicletas, motos y similares
transportar niños o adolescentes de cualquier edad que no alcancen los posa
pies. Los niños que si lleguen a los posa pies, deben utilizar cascos adecuados
a sus físico.
Cinturón de seguridad
Los
vehículos de transporte colectivo de pasajeros en los servicios regulares de
mediana, larga distancia y no regulares, o que transiten en rutas, deben contar
con cinturones de seguridad para todos los pasajeros, excepto ómnibus urbanos y
suburbanos de corta distancia.
Parados en el ómnibus
Parados en el ómnibus
En
los ómnibus interdepartamentales de mediana y larga distancia podrán
transportar hasta un máximo de seis personas paradas por metro cuadrado.
Transporte de personas
Queda prohibido el transporte de personas
en la caja de vehículos y acoplados, con las excepciones establecidas en el
Reglamento Nacional de Circulación Vial.
Seguridad de autos
Los autos deberán incorporar frenos de tecnología ABS, airbag (bolsa de aire) frontales en las plazas delanteras, apoya cabeza en asientos delanteros y cinturones de tres puntas en asientos traseros.
Implementos de motos
Pasa a ser obligatorio para todos quienes viajen en motos, cuatriciclos o similares, el uso permanente durante la circulación de un chaleco, campera o banda retro-reflectivas. Quienes vendan motos deben hacerlo con su casco habilitado y trámite de empadronamiento.
Los autos deberán incorporar frenos de tecnología ABS, airbag (bolsa de aire) frontales en las plazas delanteras, apoya cabeza en asientos delanteros y cinturones de tres puntas en asientos traseros.
Implementos de motos
Pasa a ser obligatorio para todos quienes viajen en motos, cuatriciclos o similares, el uso permanente durante la circulación de un chaleco, campera o banda retro-reflectivas. Quienes vendan motos deben hacerlo con su casco habilitado y trámite de empadronamiento.
Bicicletas con bocina
Las bicicletas, motos, ciclomotores, motocicletas, cuatriciclos o similares de cualquier categoría deberán tener: sistema de freno delantero y trasero, espejos retrovisores, timbre o bocina, sistema lumínico consistente en un faro de luz blanca.
Las bicicletas, motos, ciclomotores, motocicletas, cuatriciclos o similares de cualquier categoría deberán tener: sistema de freno delantero y trasero, espejos retrovisores, timbre o bocina, sistema lumínico consistente en un faro de luz blanca.
Casco para los ciclistas
Los conductores de bicicletas deberán usar
un casco protector de seguridad y contar con al menos dos dispositivos
retro-reflectantes en cada rueda y en cada pedal.
Maletín de seguridad
Los automóviles deberán llevar un maletín de seguridad vial, de color blanco con una cruz verde. Adentro, deberá llevar gasas, una linterna de luz led, guantes, cinta adhesiva, tijera, vendas, bolsas para depositar residuos biológicos y chalecos retro-reflectivos.
Los automóviles deberán llevar un maletín de seguridad vial, de color blanco con una cruz verde. Adentro, deberá llevar gasas, una linterna de luz led, guantes, cinta adhesiva, tijera, vendas, bolsas para depositar residuos biológicos y chalecos retro-reflectivos.
SANCIONES
A partir
de la aprobación del presente decreto de reglamentación y hasta un plazo máximo
de 18 meses, las autoridades fiscalizadoras realizarán sólo observaciones
verbales, escritas o sanciones pecuniarias.
Entre
otras sanciones, la multa por llevar un menor de 12 años en el asiento
delantero será de tres unidades reajustables (UR); por transportar en moto a un
niño que no llegue al posa-pies será de una UR; para el caso de un niño que
viaje sin sistema de retención infantil serán dos UR; para el conductor de
bicicleta que no use casco protector una UR y si no tiene timbre 0,5 UR.
QUE VERGUENZA , A VER SI ALGUIEN MAS DICE ALGO , TODO MUY LINDO LOS REGLAMENTOS ,PERO COMO SIEMPRE LAS EMPRESAS GRANDES SIGUE IGUAL , ( DA LASTIMA QUE SE RIAN DE LA GENTE ASI ) 6 PERSONAS X METRO CUADRADO O SEA SEGUIMOS VIAJANDO COMO ANIMALES APILADOS ¿PREGUNTO PARA QUE LOS CINTOS SI VAMOS CASI 30 PERSONAS PARADAS?
ResponderEliminar¿Lo harán cumplir? Esperemos que sí...
ResponderEliminarEsto es cualquier cosa, la manera mas facil de solucionar el problema, es darle la libreta a las personas con cerebro, se la dan a cualquiera despues andas en las calles y tenes que andar a cuatro ojos por los anormales que conducen. Reconosco que ahora los automoviles crecieron en nuestro departamento, pero si todos respetaramos los carteles de transito, el porcentaje de accidentes seria mucho menor, yo lo reconosco que soy una persona de andar mucho en las calles, y la verdad se ve muchas personas que no tienen abilidad como para ponerse detras de un volante.
ResponderEliminar6 personas no entran en 1 metro cuadrado....
ResponderEliminarNo dice nada de 4 personas en una moto, por lo que eso está permitido. Lo he visto mucho eso.
ResponderEliminarMenos malque no limitaron la cantidad de persona paradas en el transporte urbano y suburbano. Aunque también me parece un disparate la autorización de 6 personas paradas por metro cuadrado en los interdepartamentales de media y larga distancia . ¿Hay buses de tanta altura como para apilarlos uno arriba del otro?
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