Según se expresa en la resolución firmada por el Intendente de Florida, Carlos Enciso y
La ley n° 18567, en su artículo 1ero., inciso 2do., establece que “…cada Municipio tendrá una población de al menos dos mil habitantes y su circunscripción territorial urbana y suburbana deberá conformar una unidad, con personalidad social y cultural, con intereses comunes que justifiquen la existencia de estructuras políticas representativas y que faciliten la participación ciudadana…”.
En cumplimiento de esta ley, que en su artículo 25 establece un límite temporal para que los Gobiernos Departamentales definan la nómina de Municipios para su elección popular antes del 31 de marzo de 2015, el Intendente de Florida Carlos Enciso envió el proyecto de decreto a
La decisión obedece también al compromiso asumido por el Ejecutivo Comunal de considerar a Fray Marcos como una localidad pujante, que permite además profundizar el proceso de descentralización política, territorial y de participación ciudadana.
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