Se desconoce
en qué momento se instalará en Florida, si es que lo hace, una empresa mexicana
de fabricación de lámparas de inducción magnética que comprometió su desembarco
pero devolvió el terreno que se le había cedido.
A mediados
de abril la Intendencia de Florida resolvió dejar sin efecto la entrega de un
terreno para que se instale una fábrica de lámparas de inducción magnética, lo
que en su momento fue anunciado con la presencia de autoridades nacionales y
hasta la colocación de una polémica piedra fundacional.
La Junta
Departamental, respondiendo a un planteo de la Intendencia, había declarado de
Interés Departamental el proyecto de instalación de la mencionada empresa, para
el Ensamble de Luminarias y la donación de un predio para que se instalara la
planta industrial.
En el
documento final se establece textualmente que la empresa mexicana Inducción
Magnética S.A., se ha presentado manifestando su voluntad de dejar sin efecto
la donación que la Intendencia le realizara con fecha 8 de octubre de 2013,
conforme a la autorización acordada por la Junta Departamental de Florida por
Decreto Nº 50/2012.
CONSIDERANDO:
I) Que en su nota se expresan los motivos de tal decisión, indicando que la
instalación de la actividad la realizarán en la localidad de Sarandí Grande,
siendo su intención instalarse posteriormente en el futuro Polo Logístico de la
ciudad de Florida.
II) Señalan
asimismo su intención de mantener los compromisos de incorporar capital humano
del Departamento de Florida, preferentemente de U.T.U., así como entregar una
cantidad de luminarias sin costo.
III) Que al
respecto dictaminaron las Asesorías Jurídica y Notarial, dando cuenta de la
posibilidad de dejar sin efecto la donación mediante el otorgamiento de un
distracto o rescisión.
IV) Que para
la suscripción del referido documento no resulta necesaria la previa
intervención de la Junta Departamental, sin perjuicio de comunicarse lo actuado
una vez suscripto el mismo, de acuerdo a lo expuesto por las citadas
dependencias.
EL
INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
I) DEJAR sin
efecto la donación efectuada a favor de Inducción Magnética S.A., del Padrón Nº
15019, fracción 1 y 2 y Padrón Nº 15610, fracción 3 de la
ciudad de
Florida, cometiéndose a la Asesoría Notarial la elaboración de la documentación
pertinente a tales fines, ya explicitada en el Considerando.
II) PASE a
sus efectos a la Asesoría Notarial.
III) CUMPLIDO,
reingrese a Despacho a fin de comunicar lo actuado a la Junta
Departamental
de Florida.
IV) FECHO,
continúe al Departamento de Obras y a la Unidad de Planificación y Planeamiento
para valorar las condiciones, obligaciones, plazos y demás recaudos a
establecer en el nuevo acuerdo que se propone por la empresa, atento a lo
señalado por las Asesorías Jurídica y Notarial.
F24/NOTICIAS
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