domingo, 14 de diciembre de 2014

Se aproxima el verano y ya comenzaron los incendios de campos

Con los calores del verano que ya casi tenemos encima, comenzaron a aparecer los incendios en los campos. Dos casos se registraron en Mendoza, a pocos kilómetros de distancia uno del otro. Bomberos recuerda que las penas, si hay responsables, van desde uno a 16 años.
El primero de los casos ocurrió en Ruta Nº 76, en el kilómetro 3. “Se procedió a sofocar dicho foco, resultando aproximadamente 300 metros de rastrojos quemados. No se registraron lesionados”, indicaron agentes de la Seccional 15ta. que trabajaron en el lugar.
El otro caso se produjo en la ex Ruta Nº 5, Km.75. “El fuego fue en un basural allí existente. Había tomado llamas y se sofocó de inmediato”, se indicó a FloridAdiariO en el reporte.
En la oportunidad se quemaron 100 metros de pasturas naturales y rastrojos. Tampoco hubo lesionados. Ambos casos pasaron a la Justicia.
RIGE EDICTO
Desde el 1° de diciembre rige el Decreto Nº 436/2007, Edicto del Fuego, emitido por la Dirección Nacional de Bomberos con normas y prohibición de iniciar focos ígneos, excepto en zonas debidamente acondicionadas para ello (parrillas, campings y demás), como medida de prevención ante la temporada veraniega, época en que se registra un alto índice de incendios.
La medida se extiende hasta el mes de abril. El decreto indica que “queda prohibido todo tipo de quema al aire libre en todo el territorio nacional, a excepción de las áreas de camping y fogones debidamente habilitadas”.
Ante ello, la normativa determina medidas precautorias y lugares autorizados: “se pueden efectuar fuegos para cocción de alimentos en churrasqueras, parrilleros o similares, los que deberán ser utilizados con el correspondiente matachispas (especie de red de alambre que se ubica en la parte superior que no permite que vuelen las pavesas o chispas y evita la propagación del fuego a distancia).
La norma, por otra parte, recomienda que en caso de efectuarse fogones en el suelo “se realicen dentro de un área circular de cinco metros de diámetro, libres de malezas, hojarascas y otros elementos combustibles, en cuyo centro se ubicará el fogón rodeado de piedras, arena o tierra”. El fuego debe vigilarse y ser extinguido antes de abandonar el lugar.
PENAS
El decreto 436 /2007 prevé, aparte de las multas, la posible responsabilidad por el delito de incendio, por lo que Bomberos podrá denunciar el hecho a la Policía en base al artículo 206 del Código Penal: “el que, en cosa ajena o propia, mueble o inmueble, suscitare una llama con peligro de la seguridad de las personas o bienes de los demás, o con lesión efectiva de tales derechos, será castigado con doce meses de prisión a dieciséis años de penitenciaría”. Por su parte, el artículo 90 del Código Rural establece que la quema de campos y por cualquier causa invade otras propiedades “está obligado a la reparación de todos los daños y perjuicios que ocasionare”.
FLORIDADIARIO


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