Dos estudios realizados por la
División de Planeamiento y Presupuesto del Poder Judicial indican que Rivera,
Maldonado, Artigas y Tacuarembó, junto a Florida, ocupan los primeros
cinco lugares de mayores procesos penales por infracción a la ley nº
17.815 de “Violencia sexual, comercial o no comercial, contra niños,
adolescentes e incapaces”. También se revela que de las víctimas, 7 de
cada 10 tienen entre 13 y 24 años.
Según difundió el Poder Judicial, el trabajo
fue encomendado por la Suprema Corte de Justicia para dar cumplimiento a una
solicitud realizada por la Comisión Especial de Género y Equidad de
la Cámara de Representantes.
La Presidenta de dicha Comisión Especial,
Daniela Paysée y el Secretario de la misma, Nelson J. Mosco, establecieron que
el propósito de la solicitud fue “evaluar el impacto producido por la
precitada norma, a los efectos de considerar la eventualidad de una
actualización de la misma”.
La funcionaria de la División de
Planeamiento y Presupuesto del Poder Judicial, Mag. María Eugenia Caggiani,
explicó al portal del Poder Judicial que fue dicha
dependencia la encargada de “confeccionar los formularios que se enviaron a las
distintas sedes penales del país por disposición de la Suprema Corte de
Justicia, para sistematizar todas las respuestas con el fin de someterlas a un
análisis estadístico”.
Al preguntársele si este estudio era
abarcativo de todas las situaciones de abuso, contestó que “en realidad no”
porque “la solicitud de información está orientada específicamente a los casos
en los cuales los jueces encontraron elementos de convicción suficientes para
imputar los delitos previstos en la ley nº 17.815″ y, por lo tanto, “no se
abarcan otras manifestaciones de abuso que pueden ser canalizadas mediante
otras formas procesales, como es el caso de la violación, el atentado violento
al pudor, los cuales pueden haber acompañado los delitos previstos en la ley nº
17.815″.
Caggiani explicó que participó en el
análisis y elaboración del informe la Dra. María Laura Ormaechea, funcionaria
del Departamento de Estadísticas. La supervisión del trabajo estuvo a cargo del
Ministro del Tribunal de Apelaciones de Familia de 2º Turno, Dr. Eduardo
Cavalli.
VÍCTIMAS Y VICTIMARIOS
El otro estudio fue sobre casos
tramitados por la ley 17.815 durante los años 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014
(hasta el día 30 de setiembre). Y permite conocer y analizar en
profundidad datos como los perfiles de los autores y víctimas de violencia
sexual comercial o no comercial cometida contra niños, adolescentes o
incapaces, así como el tratamiento judicial de dichos asuntos.
Como datos salientes del estudio, en
relación al victimario se observa que el 88.2% de los encausados son de sexo
masculino, en edades promedio que oscilan entre los 20 a 59 años y con un nivel
educativo en su mayoría primaria completa e incompleta (57.5%). El 55.9% de los
procesados es casado. Respecto a la relación de cercanía con la víctima, en el
70% de los casos no se manifiesta vínculo o parentesco con su agresor.
Analizando los perfiles de las víctimas
de los delitos previstos en la mencionada ley, se observa que el 72.6% son de
sexo femenino y 7 de cada 10 se ubican en un rango etario que va de los 13 a 24
años.
En referencia al tratamiento procesal y
actuaciones judiciales de los casos relevados surge que la causal más frecuente
de los procesamientos dictados por los jueces competentes se encuadra bajo la
figura delictual definida como “Retribución o promesa de retribución a personas
menores de edad o incapaces para ejecutar actos sexuales o eróticos de
cualquier tipo” (redacción dada por el art. 4º de la ley 17.815). En algunos
casos se especificaron otros delitos asociados.
FLORIDADIARIO
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