lunes, 12 de mayo de 2014

Futuro incierto para la planta de luminarias de inducción magnética

Preciso momento en que se descubre la piedra fundamental en el lugar en que se
iba a instalar la empresa mexicana. Después se supo que la piedra  tenía un dueño
que la reclamó y que la empresa no quiso el terreno. Un papelón de novela...
Se desconoce en qué momento se instalará en Florida, si es que lo hace, una empresa mexicana de fabricación de lámparas de inducción magnética que comprometió su desembarco pero devolvió el terreno que se le había cedido.
A mediados de abril la Intendencia de Florida resolvió dejar sin efecto la entrega de un terreno para que se instale una fábrica de lámparas de inducción magnética, lo que en su momento fue anunciado con la presencia de autoridades nacionales y hasta la colocación de una polémica piedra fundacional.
La Junta Departamental, respondiendo a un planteo de la Intendencia, había declarado de Interés Departamental el proyecto de instalación de la mencionada empresa, para el Ensamble de Luminarias y la donación de un predio para que se instalara la planta industrial.
En el documento final se establece textualmente que la empresa mexicana Inducción Magnética S.A., se ha presentado manifestando su voluntad de dejar sin efecto la donación que la Intendencia le realizara con fecha 8 de octubre de 2013, conforme a la autorización acordada por la Junta Departamental de Florida por Decreto Nº 50/2012.

CONSIDERANDO: I) Que en su nota se expresan los motivos de tal decisión, indicando que la instalación de la actividad la realizarán en la localidad de Sarandí Grande, siendo su intención instalarse posteriormente en el futuro Polo Logístico de la ciudad de Florida.
II) Señalan asimismo su intención de mantener los compromisos de incorporar capital humano del Departamento de Florida, preferentemente de U.T.U., así como entregar una cantidad de luminarias sin costo.
III) Que al respecto dictaminaron las Asesorías Jurídica y Notarial, dando cuenta de la posibilidad de dejar sin efecto la donación mediante el otorgamiento de un distracto o rescisión.
IV) Que para la suscripción del referido documento no resulta necesaria la previa intervención de la Junta Departamental, sin perjuicio de comunicarse lo actuado una vez suscripto el mismo, de acuerdo a lo expuesto por las citadas dependencias.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
I) DEJAR sin efecto la donación efectuada a favor de Inducción Magnética S.A., del Padrón Nº 15019, fracción 1 y 2 y Padrón Nº 15610, fracción 3 de la
ciudad de Florida, cometiéndose a la Asesoría Notarial la elaboración de la documentación pertinente a tales fines, ya explicitada en el Considerando.
II) PASE a sus efectos a la Asesoría Notarial.
III) CUMPLIDO, reingrese a Despacho a fin de comunicar lo actuado a la Junta
Departamental de Florida.
IV) FECHO, continúe al Departamento de Obras y a la Unidad de Planificación y Planeamiento para valorar las condiciones, obligaciones, plazos y demás recaudos a establecer en el nuevo acuerdo que se propone por la empresa, atento a lo señalado por las Asesorías Jurídica y Notarial. 
F24/NOTICIAS

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